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jueves, 30 de octubre de 2014

Las principales caracteristicas de la Ordenanza 7218

08:00 Cuatro concejales de diversos bloques del Concejo Municipal, se unieron para proponer la reforma que afecta a los espectáculos públicos y presentaron un nuevo proyecto de regulación de la noche rosarina. El proyecto también contempla la situación de los adolescentes y la noche

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Por: Matías Castellarin - mcastellarin@rosario.com - Rosario.com

La Ordenanza 7218 fue promulgada el 27 de noviembre de 2001, tres meses después de su sanción en el Concejo, con la firma del por entonces intendente Hermes Binner y su secretario de gobierno, Antonio Bonfatti. El proyecto fue elaborado por una Comisión Especial Evaluadora de Espectáculos Públicos (creada por resolución el 5 de abril de 2001, mediante el Decreto NE 19.662/01), con el objetivo de reordenar y modificar las Ordenanzas 6326/96 y 6960/00. En el segundo de sus cuarenta artículos, la normativa establece dos agrupamientos.

El primer grupo se refiere a locales con actividad bailable, que abarca, discotecas, cantinas, confiterías bailables, salones de fiestas, whiskerías, y bailes populares. El segundo grupo, refiere a los locales sin actividad bailable, y contempla a restaurantes y bares con difusión musical por aparatos electrónicos y/o números en vivo, cafés culturales y espectáculos masivos en lugares públicos y/o privados. Un tercer inciso, incluye a los rubros peñas, salas de cines y/o teatros y/o teatros independientes, salas de cines de exhibición condicionada, salones de entretenimientos, circos, parques de diversiones salones de fiestas infantiles y salón milonga.

Entre tantas idas y vueltas, retomaron la iniciativa de modificar la ordenanza los concejales Rodrigo López Molina, del PRO, Osvaldo Miatello, del PJ, Diego Giuliano, de Rosario Federal, y Jorge Boasso, de la UCR. El primer cambio, lo enfocan en las demandas de los diferentes sectores interesados en la temática respecto a la simplificación de rubros, registros de oposición, la situación de los menores, la seguridad en la noche, días y horarios de locales con actividad bailable, protocolos de actuación, ruidos molestos y el factor ocupacional. También, permite a los vecinos opinar sobre la viabilidad de habilitar en su barrio un espacio para bailar: si el 33 por ciento de los residentes en la zona rechaza el proyecto, el comercio no podrá abrir sus puertas, y se permite la participación vía mail en el registro de oposición, sin que sea necesario ir personalmente al municipio.

Entre las condiciones que deben cumplir los locales para adolescentes figuran la presencia de un médico, la instalación de una línea telefónica, el convenio con alguna empresa de radiotaxis y/o remises y la prohibición de exhibición y guardado de alcohol en las heladeras bajo faja de seguridad, entre otras.

En cuanto a los horarios, continuará, de igual forma. Para los locales con actividad bailable, se establece que el horario de cierre para los viernes, sábados y vísperas de feriados será las 5 de mañana, con tolerancia hasta las 5.30. Mientras, los que no tienen actividad bailable, el horario de cierre será, a las 4 con tolerancia hasta las 4.30. En tanto, los bares culturales con números en vivo podrán funcionar, siempre si se aprueba la ordenanza, hasta las 2 de la mañana.

El concejal Diego Giuliano, expresó: "Hay casi trece rubros para la habilitación de la noche que van desde confitería bailable hasta bares con amenización musical, hay que simplificar las categorías" y agregó: "Los vecinos van a tener la posibilidad de oponerse en caso de que no quiera tener cerca un boliche bailable, y agregar la posibilidad que tenga alternativas informáticas e incluso que haya un móvil que se traslade donde estén los vecinos para que no deban ir hasta el municipio".

"Hay que buscar alternativas, aclarar los rubros, habilitar lugares con actividad bailable y lugares sin esa posibilidad", y finalizó diciendo que," la ciudad es muy rica respecto a los bares culturales, incluso vincularlos a la enseñanza, al teatro, eso también está incluido en la ordenanza, con condiciones especiales, que no necesite permiso pero si se de aviso al municipio de la actividad".

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